Pacto global

Es miembro fundador del Pacto Global desde 2005, una iniciativa de la ONU que busca unir el sector privado y público con los diez principios creados en cuatro áreas específicas: derechos humanos, estándares laborales, medio ambiente y lucha contra la corrupción, todo esto con el fin de contribuir a los objetivos de desarrollo sostenible.

Las Empresas deben apoyar y respetar la protección de los derechos humanos reconocidos universalmente dentro de su ámbito de influencia.

 

Las Empresas deben asegurarse de no actuar como cómplices de violaciones de los derechos humanos

 

Las Empresas deben respetar la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva.

 

Las Empresas deben apoyar la eliminación de toda forma de trabajo forzoso o realizado bajo coacción.

 

Las Empresas deben apoyar la abolición efectiva del trabajo infantil.

 

Las Empresas deben apoyar la abolición de las prácticas de discriminación en el empleo y ocupación.

 

Las Empresas deberán apoyar un enfoque de precaución respecto a los desafíos del medio ambiente.

 

Las Empresas deben fomentar iniciativas que promuevan una mayor responsabilidad ambiental.

 

Las Empresas deben favorecer el desarrollo y la difusión de las tecnologías respetuosas con el medio ambiente.

 

Las Empresas deben trabajar en contra de la corrupción en todas sus formas, incluidas la extorsión y el soborno.

 

Contra la pornografía infantil

De acuerdo con la Ley 679 del 3 de agosto de 2001 expedida por el Congreso de la República, con la cual se dictan disposiciones para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores de edad.

De acuerdo con lo establecido en dicha Ley, todas las personas deben prevenir, bloquear, combatir y denunciar la explotación, alojamiento, uso, publicación, difusión de imágenes, textos, documentos, archivos audiovisuales, uso indebido de redes globales de información, o el establecimiento de vínculos telemáticos de cualquier clase relacionados con material pornográfico o alusivo a actividades sexuales de menores de edad.

En desarrollo de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 679 de 2001, la Empresa advierte al turista que la explotación y el abuso sexual de menores de edad en el país son sancionados penal y administrativamente, conforme a las leyes vigentes. Así mismo y con el fin de dar cumplimiento a la Resolución 3840 del 24 de diciembre de 2009 y según el Artículo 1 de la Ley 1336 del 21 de julio de 2009, Aviatur S.A.S adoptó un modelo de Código de Conducta, con el fin de prevenir e impedir la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en la actividad turística. 

Por lo que el usuario entiende y declina de toda actividad, acción u omisión que se encuentre encaminada a desarrollar actividades sexuales en contra de menores de edad y se compromete a denunciar de manera inmediata sobre alguna sospecha a las autoridades competentes.